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PROCEDIMIENTO
PARA EL TRAMITE DEL CERTIFICADO DE IMPORTACION DE NEUMATICOS
(C.I.N.)
1.
Las personas físicas y/o jurídicas interesadas
en obtener el Certificado de Importación de Neumáticos
(C.I.N.) deberán cumplir con lo establecido en el presente
procedimiento.
2.
Las solicitudes de extensión del Certificado de Importación
de Neumáticos (C.I.N.) deberán realizarse por
nota dirigida a la Dirección de Importaciones de la
Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa,
dependiente de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL
de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA
Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCION, ante el Departamento
de Mesa de Entradas y Notificaciones del Area de Industria,
Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa de la Dirección
de Mesa de Entradas y Notificaciones de la Dirección
General de Despacho y Mesa de Entradas de la SUBSECRETARIA
DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA
LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS, sita en la Avenida Julio Argentino Roca Nº
651, Planta Baja, Sector 12, de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS
AIRES acompañada del modelo de formulario de solicitud
que más abajo se detalla.
Las
presentaciones deberán incluir un formulario de solicitud
por cada una de las posiciones arancelarias desagregadas a
nivel SIM. Aunque se trate de un mismo tipo de mercadería,
también deberá presentarse un formulario de
solicitud adicional cuando los países de origen de
la misma fuesen diferentes.
La
información consignada en dichos formularios deberá
estar contenida, además, en soporte magnético
(diskette de TRES Y MEDIA PULGADAS (3 1/2)), que se
adjuntará a la presentación.
A
los efectos de facilitar la tramitación de la solicitud
del Certificado de Importación de Neumáticos
(C.I.N.), los importadores deberán proceder a la carga
del modelo de formulario de solicitud a través de la
página web de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO
Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA. (www.mecon.gov.ar/sicym/comercio/default1.html)
MODELO
DE SOLICITUD DE EXTENSION DEL CERTIFICADO DE IMPORTACION DE
NEUMATICOS (C.I.N.)
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I.
DATOS DEL IMPORTADOR:
1-
APELLIDO Y NOMBRE/RAZON SOCIAL:
2- Nº DE C.U.I.T.:
3- DOMICILIO REAL:
4- DOMICILIO ESPECIAL:
5- TELEFONO Y FAX:
II.
DATOS DEL EXPORTADOR:
1-
APELLIDO Y NOMBRE/RAZON SOCIAL:
2- DOMICILIO:
3- PAIS:
III.
INFORMACION SOBRE LA MERCADERIA A IMPORTAR:
1-
DESCRIPCION (denominación técnica y/o
comercial):
MARCA:
MODELO:
C.H.A.S. Nº (de corresponder):
2- POSICION N.C.M. (SIM):
3- SUFIJOS DE VALOR Y ESTADISTICA:
4-VALOR FOB UNITARIO:
4.1 EN MONEDA DE ORIGEN:
4.2 EN DOLARES ESTADOUNIDENSES (indicando, de corresponder
fecha de cambio y tipo de
cambio):
5- VALOR FOB TOTAL:
5.1 EN MONEDA DE ORIGEN:
5.2 EN DOLARES ESTADOUNIDENSES (indicando, de corresponder
fecha de cambio y tipo de
cambio):
6- CANTIDAD EN UNIDADES:
7- CANTIDAD EN KILOGRAMOS:
8- PAIS DE ORIGEN:
9- PAIS DE PROCEDENCIA:
.
FIRMA
.
ACLARACION
.
CARACTER DEL FIRMANTE
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3.
Con carácter previo a lo señalado en el Punto
2, deberá presentarse, por nota dirigida a la Dirección
de Importaciones de la Dirección Nacional de Gestión
Comercial Externa, dependiente de la SUBSECRETARIA DE POLITICA
Y GESTION COMERCIAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA,COMERCIO
Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE
PRODUCCION, ante el Departamento de Mesa de Entradas y Notificaciones
del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana
Empresa de la Dirección de Mesa de Entradas y Notificaciones
de la Dirección General de Despacho y Mesa de Entradas
de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL
de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, sita en la Avenida Julio Argentino
Roca Nº 651, Planta Baja, Sector 11 y 12, CIUDAD AUTONOMA
DE BUENOS AIRES, por única vez y en la medida que no
sea modificada, la siguiente documentación:
a)
Fotocopia de los Estatutos Sociales de la Empresa o fotocopia
del Documento Nacional de Identidad, según corresponda.
b)
Fotocopia del Acta de Directorio con la última distribución
de cargos.
c)
Acreditación de la representación invocada por
el presentante, de corresponder.
d)
Fotocopia del Documento Nacional de Identidad de la persona
autorizada a realizar presentaciones y a gestionar la solicitud.
La
documentación mencionada precedentemente deberá
cumplimentar los requisitos establecidos en los Artículos
31 y 32 del Reglamento de Procedimientos Administrativos,
Decreto Nº 1759/72 T.O. 1991.
4.
A efectos de la tramitación del Certificado establecido
en el Artículo 1º de la presente resolución,
los interesados deberán acompañar toda la documentación
referida a las especificaciones técnicas de los neumáticos
a importar, emitida por el fabricante, a efectos de verificar
el cumplimiento de los requisitos de seguridad activa y pasiva
establecidos en la Ley Nº 24.449 y la Resolución
Nº 91 de fecha 13 de septiembre de 2001 de la ex SECRETARIA
DE INDUSTRIA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, sus normas modificatorias
y/o complementarias.
5.
La Dirección de Importaciones remitirá las actuaciones
a la Dirección Nacional de Industria dependiente de
la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA de la SECRETARIA DE INDUSTRIA,
COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO
DE PRODUCCION a efectos de que, por su intermedio, requiera
al INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) entidad
autárquica en el ámbito de la mencionada Secretaría,
que informe si las características técnicas
informadas se corresponden con el bien a importar, con la
Certificación de Homologación de Autopartes
de Seguridad (C.H.A.S.) correspondiente o se trata de una
excepción al cumplimiento del mismo.
Cuando
la importación se efectúe para realizar las
pruebas y/o los ensayos pertinentes a los efectos de la obtención
de la Certificación de Homologación de Autopartes
de Seguridad (C.H.A.S.), las solicitudes serán giradas
a la Dirección Nacional de Industria para que informe
si dichas importaciones han obtenido la correspondiente autorización
conforme lo establecido en el Artículo 18, inciso c)
de la Resolución 91/01 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA.
6.
En aquellos casos en los cuales los valores declarados por
el importador se encuentren por debajo de los valores criterio
establecidos por la Resolución General Nº 1907
de fecha 5 de julio de 2005 de la ADMINISTRACION FEDERAL DE
INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito
del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Dirección
Nacional de Gestión Comercial Externa podrá,
de estimarlo conveniente, requerir información adicional
al importador como eventualmente efectuar las consultas que
considere pertinentes relacionadas con la razonabilidad de
los valores documentados a la Dirección General de
Aduanas dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
7.
Las mercaderías indicadas en el Artículo 1º
de la presente resolución de la cual este Anexo forma
parte integrante estarán sujetas al Control de Origen
No Preferencial en los términos de lo dispuesto por
las Resoluciones Nros. 763 de fecha 13 de junio de 1996 y
381 de fecha 6 de noviembre de 1996 ambas del ex MINISTERIO
DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y por la Instrucción
General de la Dirección General de Aduanas Nº
53 de fecha 11 de julio 2002.
8.
Cuando las mercaderías indicadas en el Artículo
1º de la presente resolución de la cual este Anexo
forma parte integrante, estén sujetas a un proceso
de investigación en los términos de lo dispuesto
por el Artículo 20 de la Resolución Nº
763/96 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS,
a los efectos de corroborar el origen declarado, el otorgamiento
de nuevas licencias podrá supeditarse al resultado
de dicha investigación o a la presentación por
parte de los interesados de documentación complementaria
que a tal efecto disponga la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION
COMERCIAL.
9.
Los Certificados de Importación de Neumáticos
(C.I.N.) tendrán un plazo de validez de SESENTA (60)
días corridos contados a partir de la fecha de su emisión.
Los mismos serán de carácter nominativo e intransferible
y serán entregados sólo a sus titulares o a
los representantes legales o apoderados de los mismos debidamente
acreditados como tales.
10.
Los certificados emitidos consignarán los datos que
a continuación se detallan serán suscriptos
por el señor Subsecretario de Política y Gestión
Comercial, pudiendo delegar, sólo en casos excepcionales
y debidamente justificados, la firma de los mismos, en autoridad
no inferior al cargo de Director.
MODELO
DE CERTIFICADO DE IMPORTACION DE NEUMATICOS (C.I.N.)
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1)
Sobre la base de las circunstancias obrantes en el Expediente
Nº
.del Registro del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la SUBSECRETARIA DE
POLITICA Y GESTION COMERCIAL dependiente de la SECRETARIA
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCION certifica que la
firma
.., C.U.I.T
Nº
.., con domicilio
en
.., ha dado cumplimiento
a los requerimientos establecidos por la Resolución
Nº
..de fecha
..de
2009 del MINISTERIO DE PRODUCCION para la importación
definitiva de las mercaderías cuyas descripciones,
posiciones arancelarias, marcas, modelos y orígenes
se detallan en el punto 2) de este certificado que consta
de
.. (
)
planillas.
El
presente Certificado de Importación de Neumáticos
(C.I.N.) ampara la cantidad de
.
(
.) unidades por un valor FOB total
(en Dólares Estadounidenses) de
),
y se extiende para ser presentado ante la Dirección
General de Aduanas dependiente de la ADMINISTRACION
FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica
en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS. El mismo tendrá una validez de SESENTA
(60) días corridos desde la fecha de su emisión
y se otorga en virtud de lo establecido por la Resolución
Nº
..de fecha
..de 2009 del MINISTERIO
DE PRODUCCION.
BUENOS
AIRES,
FIRMA
AUTORIZADA
CERTIFICADO
DE IMPORTACION DE NEUMATICOS (C.I.N.) Nº:
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