-Noticias
La Federación Argentina del Neumático es una
asociación sin fines de lucro, nuestro principal

objetivo es brindar servicios a nuestros asociados.

Volver a Home
   

 

NOVEDADES TRIBUTARIAS & de GESTIÓN
por el Cdor. Enrique Cimino


Buenos Aires, Julio de 2010


INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA: A efectos de actualizar la base de datos e intensificar las tareas de fiscalización, la INSEPCCION GENERAL DE JUSTICIA, mediante la RG 1/2010, puso en práctica un mecanismo de presentación de declaración jurada donde todas las sociedades comerciales y las asociaciones civiles y fundaciones, deberán declarar: sede social actual, autoridades en ejercicio, último estado contable presentado ante la IGJ, última tasa abonada y estado de deuda. Las asociaciones civiles y fundaciones deberán cumplir con el compromiso antes del 1º de Octubre y las sociedades comerciales tendrán plazo hasta el 3 de diciembre del presente año.

AFIP:
REGISTRO DE DATOS BIOMETRICOS: Se lleva adelante en la sede de la AFIP que pertenezca el contribuyente y consiste en la toma de una fotografía, el escaneo de las huellas digitales y del DNI. Es obligatoria si la persona física se inscribe a partir del 26/05/2010, también si se trata de administradores de una sociedad comercial ó si se solicita el blanqueo de clave fiscal para obtener una nueva. No es obligatoria si el alta en AFIP fue anterior al 26/05/2010, tampoco si se trata de apoderados (en este caso tampoco se le extenderá clave fiscal). En caso que la persona posea CUIL pero solicita CLAVE FISCAL para SICAM tampoco le será obligatorio este procedimiento.

IMPUESTO A LAS GANANCIAS: El Poder Ejecutivo, a través de la AFIP, mediante las RG 2866 y RG 2867, dispuso el aumento del 20 % del mínimo no imponible del impuesto a las ganancias y estableció la posibilidad de recalcular los anticipos de ese gravamen.
La RG 2866 indicó que los agentes de retención alcanzados por las disposiciones establecidas en la Resolución General 2437, sus modificatorias y complementarias, a los fines de la determinación del importe a retener en concepto de impuesto a las ganancias, deberán utilizar respecto de las remuneraciones correspondientes a los meses de julio a diciembre de 2010, las tablas que se consignan en un anexo del Boletín Oficial, pero que fijan los mínimos no imponible en 51.840 pesos anuales para los empleados en relación de dependencia y 10.800 pesos anuales para autónomos.
Esas normas especifican además que "las diferencias que, por aplicación de las tablas mencionadas en el artículo anterior, pudieran generarse a favor de los sujetos pasibles de retención se computarán contra las retenciones a practicarse en los meses restantes del período fiscal". De este modo, las nuevas deducciones, que se agregan al mínimo no imponible anual de 51.840 pesos, son 12 mil pesos anuales por cónyuge, seis mil pesos anuales por hijo y 4.500 pesos anuales por "otras cargas".

PROVEEDORES DEL ESTADO-FACTURA ELECTRONICA: AFIP estableció una prórroga al régimen especial para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales, respaldatorios de las operaciones de compraventa de cosas muebles, locaciones y prestaciones de servicios, locaciones de cosas y obras y las señas o anticipos que congelen precio. De esta manera, los citados sujetos deberán solicitar la incorporación al régimen a partir del día 1º de septiembre de 2010, debiendo solicitar autorización para la emisión de comprobantes para las operaciones que se efectúen a partir del 1º de noviembre de 2010.




 


 
 

nosotros · servicios · objetivos · noticias· contacto

Lavalle 1616 Piso 10 "a" (1048) Capital Federal · Argentina
Tel/Fax:4373-8263/4371-2660
info@faneumatico.org.ar